viernes, 4 de abril de 2008

ASEGURA EJÈRCITO UNA PERSONA Y ARSENAL EN CABORCA.





Hermosillo, Son., a 03 de abril de 2008.
QUEDA A DISPOSICIÓN DEL AMPF UNA PERSONA SORPRENDIDA CON ARSENAL.


Como parte de las acciones emprendidas por el Gobierno Federal para combatir la delincuencia y recuperar los espacios públicos, la Procuraduría General de la República a través de su Delegación Estatal informa del aseguramiento de Carlos Valenzuela González en posesión de diversas armas de fuego y cartuchos, en el Municipio de Caborca.
La averiguación previa AP/PGR/SON/CAB/111/2008, iniciada por el Agente del Ministerio Público de la Federación ante la probable comisión del delito de Violación a la Ley de Armas de Fuego y Explosivos, asienta que personal de la Policía Federal- Agencia Federal de Investigación, en coordinación con elementos del Ejército Mexicano, al implementar un operativo sobre la calle Tercera Sur entre la Calle L y M de la colonia Infonavit, detuvieron en flagrancia delictiva a Carlos Valenzuela González asegurándole lo siguiente:
Una ametralladora de tripié marca Delta Mak calibre 7.62 x 39 mm.
Tres fusiles calibre 7.62 x 39mm.
Un fusil calibre 30-30mm.
Un fusil AR-15 calibre .223
Una pistola calibre .38 mm.
Dos silenciadores para fusiles AR-15.
Tres cargadores de disco para armas largas.
25 cargadores normales para armas largas.
2 mil 610 cartuchos de diferentes calibres.
Diversas carrucheras y fundas para pistola.
Seis radios de comunicación.
Un vehículo tipo Explorer color rojo.


El detenido y lo asegurado fueron puestos a disposición del Representante Social de la Federación, quien continúa con la integración de la indagatoria referida.
Con acciones como éstas, la Procuraduría General de la República mantiene su compromiso con la sociedad de combatir frontalmente a la delincuencia organizada en cualquiera de sus manifestaciones.
La Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos señala en su Artículo 8: “No se permitirá la posesión ni portación de las armas prohibidas por la Ley ni de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, salvo los casos de excepción señalados en esta Ley”.
Mientras que el Artículo 83 indica que: “Al que sin el permiso correspondiente porte un arma de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea, se le sancionará con prisión de tres meses hasta quince años de prisión. En caso de que se porten dos o más armas, la pena correspondiente se aumentará hasta en dos terceras partes. Cuando tres o más personas, integrantes de un grupo porten armas prohibidas, la pena correspondiente a cada una de ellas se aumentará al doble…”

2 comentarios:

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